
“Tampoco muerto encontraría paz. Me utilizan en vida y encontrarán el modo de hacerlo estando muerto”. La frase la dijo Diego Armando Maradona en 1996 y refleja exactamente lo que está sucediendo hoy, 29 años después.
Es que el escándalo que se desató luego de que trascendiera que una de las juezas que lleva adelante el debate había dado consentimiento para ser parte de un documental privado que se emitiría luego del juicio podría dar lugar a que se resuelva su apartamiento, y por ende a tener que elegir a otro magistrado, o a que el juicio directamente vuelva a fojas cero y tenga que reiniciarse. Hoy, durante la audiencia, la jueza se defendió y dijo que no va a apartarse. “No hay irregularidad, no hay delito. Sí puede haber una gran operación mediatica. Yo no me voy a apartar. Yo no me voy a excusar. Yo no voy a dar lugar a la nulidad de este debate, porque no lo merece”, afirmó Makintach.
Durante su descargo apuntó contra la prensa al señalar que sufrió "un escarnio mediático" y dijo que padeció "acoso" en sus redes sociales. Frente a los abogados, imputados y familiares de Maradona, Makintach sostuvo que la investigación "virulenta" sobre la producción "no encontró hechos" que la comprometan, a la vez que resaltó que su intención es "acercar a la Justicia a la gente". Pero Maximiliano Savarino, presidente del Tribunal, le contestó: "Fuimos filmados por una cámara oculta. Voy a decirlo bien claro: ni (Verónica) Di Tommaso ni yo tenemos nada que ver. Lo único que autoricé es la transmisión oficial del primer día. Nosotros no autorizamos ni filmación ni documental”.
Las audiencias comenzaron el 11 de marzo en el Tribunal 3 de San Isidro, por donde ya pasaron 44 testigos, entre ellas las hijas de Maradona, en 19 audiencias. Pero en las últimas audiencias los fiscales Carolina Asprella, Cecilia Chaieb y José Amallo avanzaron en una causa paralela que investiga la relación de la jueza Julieta Makintach con un supuesto documental del caso y se conocieron videos que confirman que un camarógrafo la estuvo filmando durante los debates. Incluso, ese profesional así lo declaró y se comprobó que no pidió autorización para hacer las imágenes en el palacio.
En ese contexto, la jueza alegó que ella no considera que haya cometido un delito y al mismo tiempo la Universidad Austral la suspendió de sus funciones como docente y le abrió un sumario- Mario Baudry, abogado de Verónica Ojeda. ex pareja de Maradona, y del hijo menor del ex futbolista, realizó un pedido a la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires para que en el debate oral haya veedores.
El juicio investiga la muerte del ex futbolista y se acusa a ocho profesionales médicos y enfermeros por presunto homicidio simple con dolo eventual. Los fiscales han acusado a los médicos de proporcionar un tratamiento domiciliario "imprudente" y "deficiente" a Maradona, alegando que fue abandonado a su suerte durante un "período prolongado y agonizante" antes de su muerte. Se debate si la muerte de Maradona se debió a negligencia médica o si fue resultado de un asesinato, con la defensa alegando que la muerte fue inesperada y que no hubo relación de causalidad directa con la conducta de los acusados.
Además de los médicos y enfermeros, se encuentran involucrados profesionales de la salud como psicólogos y nutricionistas, así como familiares y allegados de Maradona, que fueron citados como testigos. El abogado Fernando Burlando, representante de Dalma y Gianinna Maradona, pidió la nulidad del proceso y que se convoque a un nuevo tribunal con urgencia para que el juicio se desarrolle nuevamente desde cero antes de fin de año. Otras opciones que se analizan es pedir la recusación de Makintach y que su lugar sea tomado por otro juez. Este escenario, sin embargo, abre muchas discusiones entre las partes.
En grabaciones a las que accedió la Justicia, obtenidas tras un allanamiento a la productora implicada, exponen a la magistrada hablando a cámara, acomodándose el cabello y pronunciando frases ensayadas mientras se desarrollaban audiencias clave del juicio. La jueza se caracteriza por mantener una presencia activa en redes sociales. La jueza es hija del juez Juan Makintach, una figura de largo recorrido en San isidro. También es hermana de Juan Makintach (h), vinculado a la productora Pegsa, inicialmente señalada como posible responsable de las grabaciones. La mujer es, según ella misma asegura, magíster en derecho penal, profesora en la Universidad Austral. Está casada y es madre de dos hijos, una de 14 y otro de 10.
Vulneración de derechos
El abogado penalista Gustavo Carlino, consultado por LA GACETA, consideró que lo sucedido con la jueza “es causal de juicio político por la decisión inconsulta tomada por ella a de autorizar unilateralmente la filmación del debate sin conocimiento ni consentimiento del resto del tribunal, y es conducta grave por lo que su decisión es motivo de remoción”.
“Todas las personas sometidas a juicio tienen un derecho que se llama protección de la intimidad y la privacidad. Dice que en los procesos penales se respetará el derecho a la intimidad y a la privacidad del imputado y de cualquier otra persona, en especial la libertad de conciencia, el domicilio, la correspondencia, los papeles privados y la comunicación entre las índoles. Sólo podrán restringirse estos derechos con la autorización de los jueces competentes y bajo la regla que cada código provincial o cada código nacional procesal penal, en especial las previsiones en cuanto a la violación o la intervención del derecho a la intimidad y a la privacidad”, explicó.
Y agregó: “En este caso, ¿para qué se tendría que haber filmado, grabado o algo el proceso penal? Que en realidad, como dice, es un juicio oral y público, pero para que se pueda grabar y se pueda firmar, tiene que haber una autorización expresa del tribunal colegiado, en este caso por los tres jueces”. Según Carlino, “en esta situación puntual del juicio de Maradona, no había una autorización expresa del tribunal colegiado, o sea, la magistrada se excedió en sus atribuciones para poder y hacer que se firme, se grabe y todo eso.
El artículo 5 de nuestro digesto procesal dice que hay una restricción de derechos fundamentales, dice que las disposiciones legales que coarten estos derechos, que lo acabo de expresar, tienen que ser aplicadas restrictivamente, no pueden ser con una aplicación analógica, ni amplia, ni nada. Y que la restricción, la aplicación, aparezca en casos particulares absolutamente idónea, absolutamente necesaria para la finalidad que se estaba llevando adelante”.
“En realidad el tribunal colegiado no autorizó ni la filmación, ni la grabación, ni la difusión pública de lo que estaba ocurriendo, porque se violan las garantías constitucionales del principio de inocencia, del principio de publicidad, del principio de legalidad de la prueba, de todos los principios de garantías constitucionales que disponen tanto los convenios nacionales, internacionales, las convenciones, todos”, finalizó.